¿Quiénes somos?
Maribel Alcázar - Tasaciones inmobiliarias
¿Por qué elegirnos?
Determinamos el valor real del inmueble
Maribel Alcázar es una profesional de la tasación desde el año 2005. Licenciada en Derecho por la Universidad de Jaén, cuenta con estudios postgrado especializados en materia inmobiliaria.
Con una dilatada trayectoria como perito judicial inmobiliario forma parte de la Asociación Nacional de Peritos Judiciales (ANPJ) presta sus servicios en toda la comunidad autónoma de Andalucía, siendo colegiada N.º: P-201-11-1011.
Su principal labor como perito judicial inmobiliario es la de determinar el valor real de un inmueble. Esta valoración se realiza en base a criterios técnicos, encargándose de todo lo relacionado para poder realizar informes periciales tanto judiciales como de parte y asistencia a juicios.
Formación académica
Experiencia profesional
Habilidades técnicas
y conocimientos legales
Preguntas frecuentes
- Realizar una valoración detallada de una propiedad: Debe ser responsable de realizar una valoración precisa y fiables de una propiedad, teniendo en cuenta una amplia gama de factores que pueden influir en su valor.
- Presentar un informe al juez: Una vez que se ha realizado la valoración, el perito debe entregar un informe detallado y bien fundamentado al juez y a las partes involucradas en el proceso judicial.
- Testificar en el juicio: En algunos casos, el perito puede ser llamado a testificar en el juicio para explicar su valoración y responder preguntas de las partes involucradas. Nuestra perito es experta en presentar un testimonio contundente para persuadir al juez y ganar el juicio.
- Mantenerse actualizado: Este deberá estar al tanto de las tendencias y el estado del mercado inmobiliario en su área para poder realizar valoraciones precisas y fiables.
- Trabajar de manera imparcial y objetiva: Un perito judicial inmobiliario debe ser imparcial y objetivo en su valoración, sin tener en cuenta las preferencias o intereses de ninguna de las partes involucradas en el proceso judicial.
podemos diferenciarlos en:
- Informe pericial de parte: Es el que emite el perito judicial inmobiliario a petición de una de las partes implicadas. Esta alternativa permite designar al perito, así como negociar sus honorarios.
- Informe pericial por designación judicial: en este caso, el mismo es designado por un tribunal. Sus honorarios, en este caso, no están sujetos a negociación por parte de las partes en litigio.
En ambos casos, sus funciones se regirán por lo previsto en el apartado segundo del artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Cabe señalar que, el perito puede realizar informes sin que para ello sea necesario estar en el marco de un proceso judicial.
El informe realizado por el perito inmobiliario, aunque no tiene un modelo oficial sí que incluye una serie de datos que son comunes:
- Autoría del informe.
- Descripción del inmueble.
- Motivo del informe.
- Metodología aplicada.
- Análisis de los resultados junto con sus recomendaciones.
Dicho informe debe ser comprensible por aquellos usuarios no expertos en la materia, por lo que han de introducirse las explicaciones didácticas que sean necesarias.
En algunos casos somos los peritos los responsables de presentarlos en la vista oral del juicio donde, bajo juramento, ratificaremos la veracidad del mismo.
Áreas de trabajo son más diversas, pudiendo ejercer sus conocimientos en los siguientes casos:
- Asesorar e instruir durante el proceso de evaluación de activos en casos judiciales.
- Colaborar en el procedimiento legal, a la vez que puede llevar a cabo trámites en materia de inmuebles, con los distintos niveles de la administración.
- Ejecutar pruebas periciales y contra periciales.
- Realizar análisis y valoraciones económicas de un inmueble en casos de compraventa directa, así como en subastas, embargos, sucesiones, divorcios, etc.
- Analizar pruebas de peritajes realizados con anterioridad.
- Testificar en juicios, en casos relacionados a materia inmobiliaria y afín.